REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 16 de diciembre de 2013

AP21-L-2011-04673
Vista la diligencia que antecede de fecha 12 de diciembre de 2013 suscrito por la apoderada judicial de la parte actora y la abogado YELITZA FERNANDEZ quien manifestó ser apoderada judicial de la parte demandada; mediante la cual celebran un acuerdo transaccional, este Tribunal previamente realiza las siguientes consideraciones:
En la diligencia en referencia se deja constancia del pago de la totalidad del monto demandado; esto es, Bsf. 25.154,oo y consignan copia de cheque de la cuenta corriente de la parte demandada; por lo que mal puede llamarse este figura acuerdo transaccional aunado a que la abogado Yelitza Fernández se presentó son demostrar ser apoderada judicial de la parte demandada; sin embargo al entregar un cheque de la cuenta corriente se la demandada y por el monto demandado, este Tribunal presume la buena fe de las partes y toma este pago por ser en totalidad como un convenimiento de las partes; en tal sentido, visto que no fueron vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, se HOMOLOGA el convenimiento en los términos expuestos, dándole efectos de COSA JUZGADA.
La Juez


Abg. Neyireé Toledo
El Secretario



Abg. Arturo Yaggia