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ACTA
 
 
 N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2013-002363
 PARTE ACTORA:CRUZ ALBERTO TERAN
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HERMANN VASQUEZ y MARIANO GIANNANTONIO HERNANDEZ
 PARTE DEMANDADA: MAQUINARIA P.J.E. C.A. Y CAMILO PEREZ
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FERNANDO LUCAS
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
 
 Hoy, 10 de diciembre de 2013, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar,  comparecieron ante este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, el ciudadano CRUZ ALBERTO TERAN, titular de la cédula de identidad Nro. 5.141.905 debidamente representado por su apoderado judicial  el abogado en ejercicio HERMANN VASQUEZ, IPSA Nro. 35.213. Por la demandada, comparece la abogada en ejercicio MARIA NOBREGA IDROGO IPSA Nro. 87.347, en su carácter de apoderada según poder que consta en autos, dándose así inicio a la audiencia,  quienes han llegado al siguiente acuerdo de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La parte actora reclama en el libelo los siguientes conceptos: prestación de antigüedad; vacaciones y bono vacacional, utilidades,  intereses sobre prestaciones sociales; indexación e intereses moratorios. Existen hechos controvertidos entre las partes pues la parte demandada canceló a la parte actora, anticipo de prestaciones sociales. Por lo que la demandada ofrece pagar a la  parte actora la suma total de Bs. 10.000,00,   a cancelar en fecha 12 de diciembre de 2013, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en cheque a nombre del accionante. Además entregará en esa oportunidad  la planilla 14-02 del IVSS. La parte actora  manifiesta que una vez recibido el pago ofrecido  no tiene  nada más que reclamar a la demandada, por los conceptos demandados, por lo  que otorgan el más amplio finiquito de ley. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, y el acuerdo transaccional no vulnera derechos irrenunciables del trabajador  ni normas de orden público, fue celebrado por personas debidamente facultadas para ello, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, y se efectúa para dar por terminado el presente juicio, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA el acuerdo de las partes  dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes solicitan la expedición de copias certificadas de la presente acta, el Tribunal acuerda la expedición por Secretaría previa presentación de los fotostatos. Se deja constancia de la devolución de las pruebas promovidas por las partes. Una vez conste en autos el pago ofrecido se ordenará el cierre y archivo del expediente.-
 La Jueza
 
 La Secretaria
 Abg. Olga Romero
 Abg. Luisana Cote
 
 
 Parte actora                    Parte demandada
 
 
 
 
 
 
 
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