REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de diciembre de 2013
Años 204º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2013-002867
PARTE OFERENTE: TERAPIA LZ PLUS, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: TONY RAFAEL CEDEÑO PÉREZ
PARTE OFERIDA: ANDRES JAVIER MORIN MOSQUERA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: TEUDY NEYESKA RAMÍREZ RIVERO
MOTIVO: PRONUNCIAMIENTO SOBRE HOMOLOGACIÓN DE TRANSACCIÓN PRESENTADA POR LAS PARTES
I
Recibida oferta real de pago presentada por la sociedad mercantil TERAPIA LZ PLUS, C.A., fue admitida dentro del lapso legal correspondiente y ordenada la apertura de cuenta de ahorro en el Banco Bicentenario a nombre del ciudadano ANDRES JAVIER MORIN MOSQUERA. Posteriormente, el 17 del mes en curso las partes antes identificadas, presentaron por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo, escrito transaccional el cual fue revisado y se observó que cumple con los requisitos previstos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, por cuanto:
1. Se presentó por escrito, conteniendo relación circunstanciada de los hechos que la motivaron y de los derechos en ella comprendidos, los cuales revisados según el salario devengado por el trabajador, corresponden con los montos pagados.
2. Ambas partes se encontraron representados y asistido de abogado, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
En consecuencia, siendo que el monto acordado es por la cantidad de Bolívares Veintisiete Mil Ciento Cinco con Quince Céntimos (Bs. 27.105,15), se HOMOLOGA CON FUERZA DE COSA JUZGADA la transacción presentada por el ciudadano ANDRES JAVIER MORIN MOSQUERA y TERAPIA LZ PLUS, C.A. Debido a la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
La Jueza
El Secretario
Abg. MILAGROS C. JIMÉNEZ
Abg. ERIC APONTE
Nota: El ciudadano secretario de este Juzgado abogado ERIC APONTE, deja constancia que el día de hoy 20 de diciembre de 2013, a las 02:35 p.m., se dictó y se publicó la presente sentencia
El Secretario
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