Asunto AP41-U-2013-000342 Sentencia Interlocutoria Nª 139/2013

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 12 de Diciembre de 2013
203º y 154º


Visto los escritos de Promoción de Pruebas suscritos por las ciudadana Joisa Sandoval Borges, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 166.372, actuando en su carácter de apoderada judicial del Municipio Baruta del Estado Miranda; y Blanca Zambrano, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.689, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil PIZZERIA MIX MAX, C.A, mediante los cuales ambas partes promovieron copia simple de la sentencia número 04-3233, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En tal sentido; este Tribunal las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes. Se deja constancia que apreciará el mérito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.
En cuanto, a la prueba de exhibición promovida en el Capitulo III del escrito de promoción de pruebas presentado por la recurrente, relativo al expediente administrativo, este Tribunal le hace saber que el mismo fue consignado a los autos en fecha 14 de noviembre de 2013, y se encuentra agregado a los autos en la pieza anexa primera conforme a lo ordenado mediante auto dictado en fecha 19 de noviembre de 2013.
Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los doce (12) días del mes de diciembre de dos mil trece (2013).
El Juez,


Raúl Gustavo Márquez Barroso.
La Secretaria,


Bárbara Luisa Vásquez Párraga


Asunto AP41-U-2013-000342.
RGMB/blvp/gg