REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
Exp. Nº 07311
Mediante escrito presentado, en fecha 11 de noviembre de 2013, por ante el Juzgado Superior Distribuidor de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, y recibido en este Órgano Jurisdiccional en fecha 12 de noviembre de 2013, el abogado MANUEL DE JESÚS DOMÍNGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 41.605, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOJÁN AMADO MEDINA TORREALBA, titular de la cédula de identidad número V- 3.075.331, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial contra el SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL (SEBIN).-
En fecha 18 de noviembre de 2013, se admitió el recurso contencioso administrativo funcionarial, de conformidad con lo previsto en el artículo 98 de la Ley de Estatuto de la Función Pública (ver folio 15 del expediente judicial).-
En fecha 20 de noviembre de 2013, se acordó el emplazamiento del ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, y la notificación de los ciudadanos VICEPRESIDENTE EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA, y DIRECTOR DEL SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL, y a tal efecto se libró oficios números 13-1249; 13-1251 y 13-1254 (ver folio 16 del expediente judicial).-
En fecha 4 de diciembre de 2013, el ciudadano alguacil suplente consignó los oficios números 13-1249; 13-1251 y 13-1254, de fecha 20 de noviembre de 2013 (ver folios 17 al 20 del expediente judicial).-
En fecha 12 de diciembre de 2013, fue recibido en este Despacho oficio número 1500-1700-1710, de fecha 11 de diciembre de 2013, suscrito por la ciudadana Comisario General WENDY L. GONZÁLEZ H., ASESOR LEGAL DEL SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL (ver folio 21 del expediente judicial).-
I
CONSIDERACIONES PARA
DECIDIR
En fecha 12 de diciembre de 2013, fue recibido en este Despacho oficio número 1500-1700-1710, de fecha 11 de diciembre de 2013, suscrito por la ciudadana Comisario General WENDY L. GONZÁLEZ H., ASESOR LEGAL DEL SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL, mediante el cual expone lo siguiente:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en la oportunidad de extenderle un cordial saludo institucional y a su vez acusar recibo de su Oficio (sic) Nº 13-1251 de fecha 20/11/2013 (sic) mediante el cual este órgano de Justicia (sic) notifica que Admitió (sic) la Querella (sic) Funcionarial (sic) interpuesta por el ciudadano JOJAN (sic) AMADO MEDINA TORREALBA, titular de la Cédula (sic) de Identidad (sic) número V- 3.075.331, en contra de este Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional SEBIN.
Al respecto sobre la notificación Judicial (sic) a estos servicios hago de su conocimiento que a partir de la publicación en Gaceta Oficial Nº 39.436 del Decreto Presidencial Nº 7.453 (01 de junio de 2010), los jubilados de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), pasaron con los mismos derechos a integrar la nómina de los jubilados del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz según lo dispuesto en el artículo 8 ejusdem.
“Artículo 8: a partir de la entrada en vigencia del presente del Decreto, el personal de la Dirección Nacional del Servicio Bolivariano de Inteligencia y Prevención (DISIP), que se encuentra en condición de jubilado, pasará con sus mismos derechos a integrar la nomina de los jubilados del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, para lo cual se procederá a efectuar los trámites administrativos que fueren necesarios”
Información que hago llegar a usted, a los fines legales consiguientes.
Visto lo anterior, y en acatamiento de la norma antes citada, este Órgano Jurisdiccional, en aras de garantizar el derecho a la defensa, al debido proceso y la estabilidad de las partes, acuerda reponer la causa al estado de emplazamiento del ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, para que proceda a dar contestación del recurso dentro de un lapso de quince (15) días de despacho a partir de la fecha de su notificación, luego de transcurrido el lapso de quince (15) días hábiles de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y así se declara.-
Asimismo se le solicita la remisión de los antecedentes administrativos del caso y el expediente personal del ciudadano JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ, antes identificado, dentro del mismo lapso. Asimismo, se ordena la notificación de los ciudadanos MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, y DIRECTOR DEL SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL, y así se decide.-
Líbrese oficio y anéxese copias certificadas del recurso, de sus recaudos, del auto de admisión, del oficio número 1500-1700-1710, de fecha 11 de diciembre de 2013, suscrito por la ciudadana Comisario General WENDY L. GONZÁLEZ H., ASESOR LEGAL DEL SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL y sus recaudos, y de la presente decisión, cúmplase lo ordenado.-
II
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: se REPONE la causa al estado de emplazamiento del ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, para que proceda a dar contestación del recurso dentro de un lapso de quince (15) días de despacho a partir de la fecha de su notificación, luego de transcurrido el lapso de quince (15) días hábiles de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.-
SEGUNDO: se le SOLICITA al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA la remisión de los antecedentes administrativos del caso y el expediente personal del ciudadano JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ, antes identificado, dentro del lapso señalado en el particular anterior.-
TERCERO: se ORDENA la notificación de los ciudadanos MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, y DIRECTOR DEL SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL.-
CUARTO: se ORDENA librar oficios acompañados de copias certificadas del recurso, de los recaudos que lo acompañan, del auto de admisión, del oficio número 1500-1700-1710, de fecha 11 de diciembre de 2013, suscrito por la ciudadana Comisario General WENDY L. GONZÁLEZ H., ASESOR LEGAL DEL SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL y sus recaudos, y de la presente decisión.-
QUINTO: se ORDENA la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
DR. ALEJANDRO GÓMEZ
EL JUEZ
ABG. HERLEY PAREDES
LA SECRETARIA
En esta misma fecha, se libró oficios números 13-1217; 13-12-18 y 13-1219, y siendo las se publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº , dando cumplimiento a lo ordenado.-
ABG. HERLEY PAREDES
LA SECRETARIA
Exp. N° 07311
AG/HP/Jahc/Gasr.-
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