N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-003184
PARTE ACTORA: YENNY CONSOLACION CONTRERAS MORALES.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NORKA ZELIDETH CARDIER PACHECO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES COBENBEN, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: FELIX ALVAREZ Y RAFAEL MONTANO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 04 de Diciembre de 2013, siendo las 10:30 am., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la abogada NORKA ZELIDETH CARDIER PACHECO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 113.128, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YENNY CONSOLACION CONTRERAS MORALES y el abogado FELIX ALVAREZ., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 64.484, apoderado judicial de la parte demandada, dándose inicio a la Audiencia y finalizada la misma las partes a través de la mediación de la Juez, han llegado al siguiente acuerdo: La parte actora sostiene que se le adeuda sus prestaciones sociales, indemnización por retiro justificado, salarios retenidos, diferencia de comisiones, intereses de mora por salario retenido (comisiones noviembre 2012), salario retenido (comisiones de venta enero a agosto 2013), intereses de mora por salarios retenidos (comisiones enero a agosto 2013), días vacaciones no disfrutados, vacaciones fraccionadas (6 meses=12,5 días), bono vacacional fraccionado (6 meses=9 días), utilidades, utilidades fraccionadas, diferencias de vacaciones y bono vacacional fraccionada 2010-2011-2012-2013, beneficio de alimentación del 01-09 al 16-09-2013 (11XBs. 53.50) e intereses sobres prestaciones. La parte demandada a los fines de dar por terminado el presente juicio y evitar cualquier otro futuro, ofrece a la parte actora la suma de BOLIVARES QUINIENTOS MIL CON CERO CENTIMOS (Bs.F. 500.000,00). Dicha suma incluye los siguientes conceptos laborales tales como: prestaciones sociales, indemnización por retiro justificado, salarios retenidos, diferencia de comisiones, intereses de mora por salario retenido (comisiones noviembre 2012), salario retenido (comisiones de venta enero a agosto 2013), intereses de mora por salarios retenidos (comisiones enero a agosto 2013), días vacaciones no disfrutados, vacaciones fraccionadas (6 meses=12,5 días), bono vacacional fraccionado (6 meses=9 días), utilidades, utilidades fraccionadas, diferencias de vacaciones y bono vacacional fraccionada 2010-2011-2012-2013, beneficio de alimentación del 01-09 al 16-09-2013 (11XBs. 53.50), intereses sobres prestaciones y cualquier otro concepto derivado de la relación laboral. En razón de lo anterior, la demandada pagará la cantidad de (Bs.F. 500.000,00), mediante cheque número 20741648 del banco Banesco, Banco Universal, girado contra la cuenta 0134-1099-23-0003000038, en este mismo acto a nombre de la trabajadora YENNY CONSOLACION CONTRERAS MORALES. Las partes se otorgan reciprocas concesiones. La parte actora por medio de su abogado, libre de todo apremio y coacción, en forma expresa aceptó el pago acordado en los términos y condiciones antes transcritos y por ende declara que nada más tiene que reclamarle a la demandada, ni a sus empresas filiales, socios, directivos, administradores o accionistas por los conceptos antes mencionados, otorgándose el más amplio finiquito total y definitivo de las pretensiones deducidas, así como cualquier otro derecho que eventualmente pudiera tener la actora por otros conceptos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se hizo entrega de las pruebas aportadas a las partes. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del expediente.
LA JUEZ
YRMA ROMERO
EL SECRETARIO
LUIS BARRANCO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
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