REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 17 de Diciembre de 2013
Año 203° y 154°
ASUNTO N°: AP21-S-2013-003412
Visto el escrito transaccional suscrito en fecha 12 de Diciembre de 2013, por la parte oferida ciudadana MAYERLING CLARET MARTINEZ FLORES, titular de la cedula de identidad N° 14.362.522, debidamente asistida por el abogado PEDRO VILELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.708, por una parte y por la otra el abogado CESAR FREITES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 108.271, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente, sociedad mercantil LABORATORIOS ELMOR, S.A., mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON 08/100 (Bs. 499.539,08) cancelados mediante dos (2) cheques, el primero signado con el Nº 12112027, por la cantidad de Bs.87.738,32, y el segundo signado con el Nº 12112015, por la cantidad de Bs.411.800,75, ambos de fecha 09 de Diciembre de 2013, ambos girados contra el Banco Provincial, a nombre de MARTINEZ FLORES MAYERLIN CLARET, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal un (1) juego de copias certificadas del escrito de transacción inserto a los folios 16 al 20, solicitada por la parte oferente, así como tres (3) juegos de copias certificadas de la presente decisión, una (1) solicitada por la parte oferente, para lo cual se le insta a consignar los fotostatos a los fines de su certificación, y Dos (2) para el Tribunal, ello de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
EL SECRETARIO
RAFAEL FLORES
|