REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de Diciembre de 2013
203º y 154º


SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

N° DE EXPEDIENTE: AP21-R-2013-000537


En virtud de Resolución Nº 2007-0022 de fecha 06 de Junio de 2007, emanada de la Sala del Tribunal Supremo de Justicia, y publicada en gaceta oficial Nº 355.459, este Juzgado Superior Tercero del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, pasa a denominarse Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de acuerdo al Dispositivo Oral del Fallo pronunciado en la Audiencia Pública celebrada ante esta Alzada el día 02/12/2013, este Juzgado procede a publicar el texto integro del fallo de la siguiente manera:

PARTE ACTORA: PABLO CRUZ ORTUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.758.093.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: LORENZO R. ROMERO, abogado, inscrito en el IPSA bajo el número 24.399.

PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JUÁN PABLO HERNÁNDEZ, debidamente inscrito en el IPSA bajo el N° 124.535.

MOTIVO: Apelación de la parte actora en contra sentencia de fecha 12/04/2013, emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

Han subido a esta alzada por distribución, las presentes actuaciones en virtud de la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora, en la persona del abogado EFRAIN SANCHEZ, debidamente inscrito en el IPSA bajo el N° 33.908, contra decisión de fecha 12/04/2013, emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

En fecha 16/07/2013 esta alzada recibió el correspondiente recurso, y se fijó audiencia oral y pública para el día 22/10/2013.

En fecha 21/10/2013 en virtud que la Jueza que preside este despacho se encontraba de permiso se reprogramo la audiencia para el día 02/12/2013.

En fecha 02/12/2013, la parte actora recurrente, no compareció a la audiencia oral y pública ni por si ni por medio de apoderado alguno y el juez de esta alzada dictó como corresponde, el dispositivo oral el fallo, declarando el desistimiento.

Ahora bien, de acuerdo a lo señalado supra, y siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia oral y pública en la cual se dictó el dispositivo del fallo, esta Sentenciadora procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:

CAPITULO I
OBJETO DE LA APELACION

La presente controversia tiene por objeto resolver la apelación que interpuso la representante judicial de la parte actora, EFRAIN SANCHEZ, debidamente inscrito en el IPSA N° 33.908, contra decisión de fecha 12/04/2013, emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

CAPITULO II
DEL DESISTIMIENTO

Siendo la oportunidad legal para decidir, esta Alzada observa que iniciada la audiencia de parte fijada para el día y hora señalados supra, la secretaria del Tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la representación judicial de la parte actora en la oportunidad de la audiencia oral y publica.

De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia de la parte apelante o recurrente al acto, acarrea el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está establecido en todo lo largo de la normativa procesal para las audiencias a celebrarse, por ante los Juzgados Superiores.

En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia del apelante a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por el abogado EFRAIN SANCHEZ, debidamente inscrito en el IPSA N° 33.908, contra decisión de fecha 12/04/2013, emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte actora contra decisión de fecha 12/04/2013, emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial; SEGUNDO: CON LUGAR la Prescripción de la Acción incoada por el ciudadano PABLO CRUZ ORTUÑO contra MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES. TERCERO: Se confirma la decisión apelada. CUARTA: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el Artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los nueve (09) días del mes de diciembre de 2013.
LA JUEZA.
Abg. GRELOISIDA OJEDA NÚÑEZ


LA SECRETARIA,

Abg. GLORIA MEDINA