REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (9) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-003114
Vista la transacción presentada en fecha veinte (20) de Diciembre de dos mil doce (2012), suscrita por el ciudadano MARIO DURANTE LANDOLFI, cédula de identidad Nº V-10.815.509, en su carácter de parte Oferida debidamente asistido por el abogado EDGARD SIMON RODRÍGUEZ HERNANDEZ I.P.S.A N° 140.728, por una parte y por la otra, la abogada MARIELA CASTRO GUERRERO I.P.S.A N° 105.122, en su carácter de apoderada judicial de la empresa. INFOPRINT SOLUTIONS COMPANY, LLC. parte Oferente en el presente asunto, mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON 58/100 CENTIMOS (BS.: 36.971,58), pago único cancelado mediante Cheque N° 90203286, de la Cuenta Nº 0105-0031-11-2031203286, de fecha 14/12/2012, girado contra el Banco Mercantil, a nombre de MARIO DURANTE, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo vista la solicitud de las copias certificadas solicitadas por la parte oferente este Juzgado acuerda expedir dos (2) juegos de copias certificadas por la Secretaría de este Despacho de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente se INSTA a la parte solicitante a que consigna las copias simples a los fines de proceder a la certificación y entrega. Por lo que al quinto (5°) DÍA HÁBIL SIGUIENTE, a esta fecha se ordenará el cierre informático y archivo del expediente. ASI SE ESTABLECE.
La Juez El Secretario
Abg. Antonio Boccia
Abg. Leticia Morales V.
LMV/AB/nes
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