REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de enero de dos mil trece
202º y 153º


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004012
PARTE ACTORA: FELICIA BENECIA TOVAR VILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ISAIAS FLOREZ VELANDIA
PARTE DEMANDADA: EL SARAO RONERIA, C.A,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL ISIDRO VIVAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS PASIVOS

Hoy, 29 de enero de 2013 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anuncio dicho acto con las formalidades de ley, compareciendo a la misma por la parte demandada, el abogado RAFAEL ISIDRO VIVAS ZAMBRANO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 68.348 actuando en su carácter de apoderado judicial según consta de poder inserto a los autos. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado (6º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja transcurrir el lapso de cinco (5) días a los fines de la interposición del recurso correspondiente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Juez

Abg. Carolina Chakian Mayarllan

El Secretario

Abg. Marcial Mecia