REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEL
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004840
PARTE ACTORA: JOSE LUIS LANDAETA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RICHARD MOTA
PARTE DEMANDADA: UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YAISMEL DEL CARMEN AVILA CONTRERAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy ocho (8) de enero de dos mil trece, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia la comparecencia de la parte demandada, UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT, a través de su apoderada judicial YAISMEL AVILA CONTRERAS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 131.909 conforme consta de poder que presenta en original y copia para su certificación; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado (6º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja transcurrir el lapso de cinco (5) días a los fines de la interposición del recurso correspondiente. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan
La Secretaria
Abg. Mariandrea González.
La Presente
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