ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004594
PARTE ACTORA: NELSON OSCAR GONZALEZ ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD JOS, C.A. ,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO:
Hoy, 25 de enero de 2013 siendo las 2:00 P.M. día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las apoderadas judiciales de la parte actora y demandada, abogados en ejercicio LILIANA ABREU y MAYERLING JUNCO, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 63.760 y 92.920 respectivamente; actuando en sus carácter de apoderadas judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente; dándose así inicio a la audiencia. En este estado, la parte demandada, a los fines de dar por terminado el presente proceso, ofrece cancelar al trabajador en este acto, la cantidad de Bsf.10.343,oo por los conceptos de antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones vencidas, bono vacacional vencido, utilidades fraccionadas, intereses de mora. En este estado, la parte actora después de haberse disipado las situaciones de hecho y derecho planteadas en este proceso a través de la audiencia preliminar y sus prolongaciones, acepta la oferta hecha por parte demandada y recibe en este acto cheque de la cuenta corriente de la demandada, a nombre del Trabajador, de fecha 23 de enero de 2013. Este Tribunal, visto el acuerdo de las partes y evidenciando que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación; Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. Se deja constancia de la devolución de las pruebas aportadas al inicio de la audiencia preliminar.

El Juez


Abg. Neyireé Toledo




Parte Actora



Parte Demandada



El Secretario