REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de enero del año dos mil trece (2013)
202º y 153º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004874
DEMANDANTE: JOSÉ DEL CARMEN CONTRERAS VILLEGAS
APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE: No acreditó.
PARTE ACCIONADA: HERVIGON, C.A.
REPRESENTANTE ESTATUTARIO DE LA DEMANDADA: Juan Antonio González Otero, debidamente asistido por las abogadas Janet Simón y Carmen Cedeño.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, miércoles nueve (09) de enero del año dos mil trece (2013), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, a la cual asistió únicamente el ciudadano Juan Antonio González Otero, cédula de identidad Nº 2.953.721, Administrador y Representante Estatutario de la parte demandada HERVIGON, C.A., carácter que se desprende de Acta de Asamblea Extraordinaria y Estatutos consignados para ser agregados al expediente, quien se encuentra debidamente asistido por las abogadas Janet Simón y Carmen Cedeño, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los Nºs 112.762 y 154.754, respectivamente. Se deja expresa constancia de la incomparecencia a este acto del accionante JOSÉ DEL CARMEN CONTRERAS VILLEGAS, cédula de identidad Nº 11.134.813, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, en virtud de lo cual, en atención a lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 202° y 153º.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. María Mercedes Millán
Abg. María Veruschka Dávila
Presentes