REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de Enero de 2013
Años 202 y 153
ASUNTO: AP21-L-2012-005016

Presentada transacción por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo el 18 de Diciembre de 2012 y, recibida en este Juzgado el 08 de los corrientes, se revisó la misma, observándose que cumple con los extremos del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, al:

1. Presentarse por escrito;
2. Contener una relación circunstanciada de los hechos que la motivaron y del derecho contenido en ella.
3. contener recíprocas concesiones.
4. Encontrarse las partes debidamente representadas de abogados
5. Darse voluntariamente, sin coacción y;
6. Adicionalmente a lo anterior, pagarse el monto de Bs. 70.000,00, al momento de la firma de la transacción.

De acuerdo a lo anterior, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas HOMOLOGA con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por el ciudadano DAVIM AUGUSTO MORENO LLOVERA y ELCA COSMETICOS, S.A.

Con respecto a las copias certificadas de la transacción y de su homologación, solicitadas por las partes, se acuerdan tres (3) copias certificadas de los documentos antes mencionados, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Jueza


Abg. Milagros Jiménez

El Secretario


Abg. Héctor Mujica


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL




SENTENCIA






DIOS Y FEDERACIÓN

El Juez




Abg. Milagros Jiménez