REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 08 de Enero de 2013
Años 202 y 153
ASUNTO: AP21-S-2012-003113

Presentada transacción por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo el 20 de Diciembre de 2012 y, recibida en este Juzgado el día de ayer, se revisó la misma, observándose que, cumple con los extremos del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, al:

1. Presentarse por escrito;
2. Contener una relación circunstanciada de los hechos que la motivaron y del derecho contenido en ella.
3. Encontrarse las partes debidamente representada o asistida de abogados
4. Darse voluntariamente, sin coacción.
5. Pagarse el monto de Bs. 17.062,83 al momento de la firma de la transacción y Bs. 29.740,37 depositados en la cuenta individual de fideicomiso de la trabajadora en el Banco Banesco Banco Universal.

Con respecto al desistimiento de la acción manifestado por la trabajadora YUDELIS PESTANA ANDRADE, en el escrito bajo revisión, este Juzgado considera que vulnera los derechos de ésta, motivo por el cual lo excluye del contenido de la transacción, para servirse este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas a HOMOLOGAR con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por la ciudadana YUDELIS PESTANA ANDRADE y DAS PASTELL HAUS, C.A., con excepción del desistimiento de la acción manifestado por la ciudadana supra identificada.

La Jueza


Abg. Milagros Jiménez

El Secretario


Abg. Héctor Mujica