Vista la diligencia de fecha 25 de enero de 2013, suscrita por los abogados GIUSEPPE ANTONIO TOBIA FRINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.040, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil CORPORACIÓN ZOLDA, C.A., por una parte y por la otra, el abogado JUAN PABLO HERNANDEZ GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.535, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; sociedad mercantil CORPORACIÓN DIGITEL, C.A., mediante la cual, el apoderado judicial de la parte actora, desiste tanto de la acción como del procedimiento incoado en contra CORPORACIÓN DIGITEL, C.A., según mandato expreso de su cliente y estando debidamente facultado para ello; este Tribunal en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho desistimiento en los términos expuestos, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. CUMPLASE.
EL JUEZ,

DR. JOSE EMILIO CARTAÑA ISACH
LA SECRETARIA,

ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
En esta misma fecha, siendo las diez y quince minutos (10:15 a.m.) de la mañana, se publicó presente fallo, con su inserción en los autos del expediente-
LA SECRETARIA,
ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.