REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Expediente AP31-S-2012-007077

Sentencia Definitiva

SOLICITANTE: CARLOS ENRIQUE LUCENA BERNAL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.592.465.
ABOGADA ASISTENTE: LUISA COROMOTO MARTINEZ LOBO, venezolana, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 151.206.
MOTIVO: Rectificación de Acta de Nacimiento.

Visto el escrito presentado por el ciudadano CARLOS ENRIQUE LUCENA, antes identificada, asistido por la abogada LUISA COROMOTO MARTINEZ LOBO, venezolana, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 151.206, por medio de la cual solicita la Rectificación de su Acta de Nacimiento, expedida por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Nacimiento Nº 1705, de fecha 23 de septiembre de 1981, inserta en el Libro de Nacimientos llevado por ante esa autoridad civil, cursante a las actas, pues, alega el solicitante que se cometió una error involuntario en cuanto al nombre de su progeniota trascribiéndose “AMELIA BERNAL CIFUENTES”, siendo lo correcto ”ROSA AMELIA BERNAL CIFUENTES”.
Por auto de fecha 21 de septiembre de 2012, el Tribunal dictó auto mediante el cual admitió la solicitud y ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin de que hicieran parte en el presente procedimiento. En esa misma fecha se libró cartel de emplazamiento.

En fecha 29 de octubre de 2012, compareció la abogada LUISA COROMOTO MARTINEZ LOBO, venezolana, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 151.206., consignando la publicación del cartel de emplazamiento.
En fecha 07 de noviembre de 2012, comparecieron los ciudadanos YESICA MEZA ROCCO y OMAR GABRIEL GALINDO RUIZ, venezolanos y titulares de las Cédulas de Identidad bajo los Nos. V-158.183.532 y V-19.966.305, respectivamente y declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento.
En fecha 30 de noviembre de 2012, mediante nota de secretaria se libró Boleta de Citación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 06 de diciembre de 2012, mediante diligencia compareció el ciudadano MIGUEL VILLA, Alguacil Titular de la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de este circuito sede, consignando Boleta de Citación firmada y sellada por la Fiscalía.
En fecha 07 de diciembre de 2012, compareció la Abg. BLANCA MARCANO MORALES, Fiscal Nonagésima Cuarta del Ministerio Público, y nada tiene que objetar en la presente solicitud.

Para probar lo alegado, el solicitante consignó los siguientes instrumentos:

Copia certificada de su Acta de Nacimiento Nº 1705, expedida en el año 1981 por la Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, cursante en autos, donde se desprende claramente lo manifestado por el solicitante, y por constituir dicha acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevén los artículos 429 y 509 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.
Datos Filiatorios, expedidos en fecha 16 de abril de 2012 por la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios, Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), adscritos al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, correspondientes a la ciudadana ROSA AMELIA BERNAL DE LUCENA, y por constituir dicha documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevén los artículos 429 y 509 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.
Copia simple de la cédula de identidad del ciudadano CARLOS ENRIQUE LUCENA BERNAL.
Analizadas las pruebas presentadas por las solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos; En consecuencia, este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento inserta en el libro de Registro Civil de Nacimientos, llevado por la por la Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, Acta de Nacimiento N°. 1705 año 1981, en cuanto al nombre de la madre de la solicitante. En consecuencia, donde dice: “AMELIA BERNAL CIFUENTES”, debe decir” ROSA AMELIA BERNAL CIFUENTES”•.- ASÍ SE DECIDE.-
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión. Líbrense oficio.-
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, _______________ (____) de ____________ de 2013. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ.

LUIS A. PETIT G
EL SECRETARIO

CARLOS DELGADO

Exp. AP31-S-2012-007077/LAPG/Cd/br