REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: AP21-S-2011-002344


Vista la transacción presentada en fecha nueve (09) de agosto de 2011, suscrita por la parte oferida, el ciudadano YAIMES JESUS VALECILLOS ROJAS titular de la cédula de identidad Nº V- 17.265.062, debidamente asistido por la abogada MARIA GABRIELA VIERA CARPIO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 137.757, por una parte y por la otra, la abogada MARIELA CASTRO GUERRERO inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 105.122, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente la empresa BSN MEDICAL VENEZUELA C.A antes mencionada (EUROCIENCIA C.A), mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CIENTO VEINTE Y CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (BS. 125.000,00), quien recibe a su cabal y entera satisfacción, la totalidad de la suma neta mediante, cheque N° 00018655 girado a su nombre contra el banco VENEZOLANO DE CREDITO de fecha 06 de diciembre de dos mil once (2011) , En consecuencia este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE PAGO suscrito entre las partes de acuerdo con lo establecido en el articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajares y Trabajadoras procediendo como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.-

La Juez

La Secretaria

Abg. Angelica Hernández


Abg. Luisana Cote