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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, quince de enero de dos mil trece
 202º y 153º
 
 ASUNTO: AP21-S-2011-002344
 
 
 Vista la transacción presentada en fecha  nueve (09) de agosto de 2011, suscrita por la parte  oferida,  el ciudadano YAIMES JESUS VALECILLOS ROJAS  titular de la cédula de identidad Nº V- 17.265.062, debidamente asistido por la  abogada MARIA GABRIELA VIERA CARPIO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 137.757, por una parte y por la otra, la abogada MARIELA CASTRO GUERRERO inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 105.122, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente la empresa  BSN MEDICAL VENEZUELA C.A antes mencionada (EUROCIENCIA C.A), mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de  CIENTO VEINTE Y CINCO MIL  BOLIVARES CON CERO CENTIMOS  (BS. 125.000,00), quien recibe a su cabal y entera satisfacción, la totalidad de la suma neta mediante,  cheque N° 00018655 girado a su nombre contra el banco VENEZOLANO DE CREDITO de fecha 06 de diciembre de dos mil once (2011) , En consecuencia este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE PAGO  suscrito entre las partes de acuerdo con lo establecido en el  articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajares y Trabajadoras procediendo como  sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.-
 
 La Juez
 
 La  Secretaria
 
 Abg. Angelica Hernández
 
 
 Abg. Luisana Cote
 
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