REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-003086
Vista la transacción presentada en fecha catorce (14) de enero de 2013, suscrita por la parte oferente, abogado MARIELA CASTRO, inscritaq en el inpreabogado bajo el Nº 105.122, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente la empresa BAYER,S.A., y por la otra el ciudadano DAVID ALEJANDRO ARAUJO OCANDO, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.468.608, debidamente asistido por el abogado EDGARD SIMON RODRIGUEZ HERNANDEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 140.728, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (BS. 255.079,47), quien recibe a su cabal y entera satisfacción, la totalidad de la suma neta mediante 1.- un cheque N° 00009514, girado a su favor por la empresa BAYER, S.A, de fecha 18 de diciembre de 2012, por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (BS. 255.079,47). En consecuencia este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE PAGO suscrito entre las partes.-
La Juez
El Secretario
Abg. Angélica Hernández
Abg. Arturo Yaggia
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