REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Sexto (36°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-002215
Vista la transacción presentada en fecha 08 de noviembre de 2012, suscrita por la abogada ANNA VENDITELLI, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 24.100, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente la empresa CORPORACION INTERCIONAL DE PROTECCION INTEGRAL CORINPROINCA, C.A., y por la otra el ciudadano ENRIQUE ABREU, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.087.569, debidamente asistida por el abogado JUVENCIO SIFONTES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 50.361, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (BS. 30.000,00), quien recibe a su cabal y entera satisfacción, la totalidad de la suma neta mediante un cheque N° 28-72672410, girado contra del Banco Exterior, a favor del ciudadano ENRIQUE ABREU. En consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE PAGO suscrito entre las partes.-
La Juez
El Secretario
Abg. Angelica Hernández
Abg. Arturo Yaggia
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