REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

RESOLUCIÓN JUDICIAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO (3º) DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas 10 de enero de 2013
202º y 153º
RESOLUCIÓN JUDICIAL
ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2013- 0400

JUEZA: AUDREY GARCIA OROPEZA
SECRETARIA: TAMAR CAMACARO
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCALÍA: JOSÉ DANIEL ACOSTA FARIAS (128º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, con competencia en Defensa de la Mujer.
VÍCTIMA: GLADY JASMIN PACHE CHAVEZ

DEFENSA PÚBLICA: DAYS GUZMAN, Defensora Pública Tercera (3ª) del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer

IMPUTADO: RAMOS EDINSON ANTONIO GONZALEZ

Con las partes en la Audiencia Oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, celebrada en esta misma fecha, la ciudadana Jueza procedió a dictar el pronunciamiento judicial en los términos:
Acto continuo, oídas las partes, la ciudadana Jueza anunció que procede a dictar pronunciamiento en los términos siguientes: Este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia en lo Penal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en presencia de las partes, dicta el siguiente pronunciamiento:

PRIMERO: Se ordena que el presente procedimiento siga las disposiciones establecidas en el artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines de que el Ministerio Público continúe con la investigación seguida contra del ciudadano RAMOS EDINSON ANTONIO GONZALEZ por la presunta comisión del delito de ACOSO Y HOSTIGAMIENTO y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 en relación el articulo 65 numeral 4 respectivamente, ambos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana GLADY JASMIN PACHE CHAVEZ acojo a la calificación jurídica dada por el Ministerio público, toda vez que riela de las actuaciones informe médico emanado Centro de Diagnostico Integral del Municipio Sucre y el acta de entrevista en la cual la víctima señaló los hechos por los cuales interpuso la denuncia que se corresponde con la conducta a desplegar por el agresor en el referido tipo penal., aunado a lo anterior ha manifestado que la agrede constantemente o reiteradas oportunidades. SEGUNDO: En relación a las Medidas de Protección y de Seguridad este Tribunal al tener como norte lo establecido en el artículo 1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objeto de proteger los derechos taxativamente señalados en el artículo 3 ibídem, se imponen las previstas en los numerales 5, 6 ,7 y 13, del artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Constitutivas en: Se prohíbe acercarse a la víctima, a su lugar de residencia trabajo o estudio, prohibición de ejecutar actos de intimidación, o acoso contra la víctima o contra de su familia y deberán asistir tanto la víctima y el imputado al equipo interdisciplinario ello a los fines de que se les practique una evaluación bio psicosocial legal, razón por la cual el RAMOS EDINSON ANTONIO GONZALEZ deberán asistir el día 11 de enero de 2013 horas de mañana a las 10:00 en horas de la mañana y la ciudadana victima al término de la presente audiencia. Se ordena el arresto transitorio por 48 horas de conformidad con el artículo 87 numeral 7 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en este sentido el arresto será cumplido en la sede del Órgano Aprehensor, y vencerá en fecha Sábado 12/01/2013, a las 02: 00 PM. Se ordena librar boleta de Encarcelación. TERCERO: Se ordena librar Ofico al Órgano Aprehensor: CUARTO: Se ordena remitir las actuaciones a la Fiscalía (133) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, con competencia en materia de Violencia, en la oportunidad legal.
Publíquese, Regístrese y diarícese la presente decisión.


LA JUEZA,


AUDREY GARCÍA OROPEZA

LA SECRETARIA,


TAMAR CAMACARO

En esta misma fecha se cumple lo ordenado en la presente resolución judicial


LA SECRETARIA,


TAMAR CAMACARO


AGO/
ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2013- 0400