REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CA¬RACAS

ASUNTO: AP21-R-2012-002065
PRINCIPAL: AP21-L-2012-001871

En el día de hoy, martes diecinueve (19) de febrero de dos mil trece (2013), siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), oportunidad señalada por este tribunal para la celebración de la audiencia oral y pública correspondiente al recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 22 de noviembre de dos mil doce (2012), en el juicio por reclamación de prestaciones sociales y demás beneficios derivados de la prestación de servicios, que sigue, JOSE ANTONIO ALVAREZ VASQUEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.542.675; contra la firma mercantil, de este domicilio, CASA GEMA 67, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 25 de mayo de 2004, bajo el N° 23, tomo 78-A.; se anunció el acto a las puertas de la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, y constituido el Juzgado Primero Superior del mismo Circuito Judicial, en la sala de audiencias N° 9 del referido Circuito Judicial, el Juez, dio inicio al acto, solicitando del Ciudadano Secretario informe acerca del motivo de la audiencia y de la comparecencia de las partes, a lo que éste informó que la misma se circunscribe el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 22 de noviembre de 2012, por la cual declaró sin lugar la demanda en el juicio arriba reseñado, signado como ASUNTO: AP21-L-2012-001871. El tribunal deja expresa constancia que no compareció a la audiencia, ninguna de las partes, por lo cual declara desistida la apelación, y en consecuencia, confirmado el fallo apelado, ordenando la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación, Medición y Ejecución correspondiente. Se deja constancia eu la presente decisión será publicada en esta misma fecha en el sistema Juris 2000 de este Circuito Judicial, y que la presente audiencia ha sido grabada mediante una cámara de video marca Sony, operada por un técnico del Departamento Audiovisual de este Circuito Judicial, a cuyo cargo queda la guarda y custodia del disco compacto con la grabación de la audiencia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez,

El Secretario,