REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de febrero de 2013
202° y 154°
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004678
PARTE ACTORA: LEDIS NILOA HERNANDEZ BARBOSA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Josette Gómez
PARTE DEMANDADA: FRIGORIFICO REY DAVID
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Carlos Pereira
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Visto el acuerdo alcanzado por las partes de fecha 8 de febrero de 2013, suscrito por los ciudadanos Carlos Pereira, Gerente y Representante Legal de FRIGORIFICO REY DAVID, parte demandada, asistido por el Abogado Jose Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.341, y por la otra parte la ciudadana LEDIS HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad numero V-14.387.879, parte actora, representada judicialmente por la Abogada Josette Gómez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.564, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, discutidos suficientemente los conceptos demandados, en el marco del proceso de mediación llevado por este Tribunal, pagando la parte demandada la cantidad de DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE BOLÍVARES CON UN CÉNTIMO (Bs. 2.157,01). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA el acuerdo alcanzado por las partes de conformidad con los artículos 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, y 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Lisbeth Montes
|