ACTA


N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2011-006152
PARTE ACTORA:JHON DANIEL ZAMBRANO ZAMBRANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORAJOSE GREGORIO FAJARDO
PARTE DEMANDADA MTG ADMINISTRADORA RRHH, C.A., y BANESCO BANCO UNIVERSAL
TERCERO LLAMADO A JUICIO: MTG SERVICIOS,C.A.
APODERADA DE LA PARTE CODEMANDADA MTG ADMINISTRADORA RRHH, C.A: CARMEN MIERE
APODERADO DE LA PARTE CODEMANDADA BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A: OSWALDO PADRON SALAZAR
APODERADA DEL TERCERO MTG SERVICIOS,C.A.: CARMEN MIERE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales

Hoy, 28 de de febrero de 2013, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron ante este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, el ciudadano JHON ZAMBRANO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro. 16.599.327, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por la abogada en ejercicio NILDA ESTHER ESCALONA DE DAVID, IPSA Nro. 64.444. Por la codemandada, MTG ADMINISTRADORA RRHH, C.A. comparece el abogado en ejercicio JOSE IZAGUIRRE, IPSA Nro. 54.174 según poder que riela en autos. Por la codemandada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. comparece el abogado en ejercicio OSWALDO PADRON SALAZAR, IPSA Nro. 48.097, según documento poder que consta en autos. Por el tercero llamado a juicio: MTG SERVICIOS, C.A. comparece su apoderado el abogado en ejercicio JOSE IZAGUIRRE, IPSA Nro. 54.174, según consta en autos.
En este estado la parte actora, la codemandada MTG ADMINISTRADORA RRHH, C.A., y EL TERCERO MTG SERVICIOS, C. A llegan a un acuerdo de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La parte actora reclama en su libelo Indemnización por despido injustificado, sustitutiva de preaviso, antigüedad acumulada y fraccionada, utilidades vencidas años 2009-2010 y 2011, vacaciones y bono vacacional vencidos 2008 , 2009, 2010 y 2011; vacaciones y bono vacacional fraccionado períodos 2010 y 2011, intereses sobre prestaciones sociales, cobro por ajuste del salario mínimo, salarios caídos, interese moratorios e indexación. Existen hechos controvertidos entre las partes pues la parte demandada intentó recurso administrativo de nulidad contra la providencia administrativa que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos del trabajador, por lo que en el asunto AP21-N-2012- 20 fue declarada la nulidad de la providencia administrativa con sentencia definitivamente firme. Por lo que de los conceptos demandados corresponde la prestación de antigüedad, interese sobre prestación de antigüedad, utilidades, bono vacacional y vacaciones fraccionadas en virtud del contrato de trabajo a tiempo determinado que unió a las partes desde 11 de noviembre de 2008 hasta el 11 de mayo de 2009, con un salario de Bs. 832,80 mensuales, así como intereses moratorio e indexación. Por lo que ambas partes en aras de la autocomposición procesal y a los fines de dar por terminado el presente juicio, acuerdan que la codemandada MTG ADMINISTRADORA RRHH, C.A., y EL TERCERO MTG SERVICIOS, C. A cancele a la parte actora la suma total de Bs. 5.000,00 a cancelar en fecha 07 de marzo de 2013 ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD). La parte actora manifiesta que una vez recibido el pago ofrecido no tiene nada más que reclamar a las codemandadas MTG ADMINISTRADORA RRHH, C.A. ni al TERCERO MTG SERVICIOS,C.A, por lo que otorga el más amplio finiquito de ley. Asimismo, manifiesta no tener nada que reclamar a la codemandada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, y el acuerdo transaccional no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, fue celebrado por personas debidamente facultadas para ello, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, y se efectúa para dar por terminado el presente juicio, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia de la devolución de las pruebas promovidas por las partes. Se hacen dos ejemplares uno para el copiador y otro para el expediente. Una vez conste en autos el pago ofrecido se ordenará el cierre y archivo del expediente.-
La Jueza

La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Dorimar Chiquito


Parte actora Partes codemandadas




Tercero llamado a juicio