REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-000969
PARTE ACTORA: WILLIAN ANTONIO HURTADO, JOSE ROMERO, JESUS JASPE, PASTOR ALADEJO, LUCIDO MILANO, JOSE MEDINA, NESTOR BLANCO, PEDRO RENGIFO, CLEOTIRDE PENICHE, JOSE RENGIFO, JOSE LOPEZ y FELIPE RENGIFO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OFELINA LOZANO, JOSÉ GREGORIO TALAVERA, YAMILETH ALBORNOZ BELMONTE
PARTE DEMANDADA: FONOMET C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARYURI MEZA MOLINA
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 28 de febrero de dos mil trece, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Juzgado la abogada en ejercicio MARYURI MEZA MOLINA, IPSA Nro. 118.286, en su carácter de apoderada de la demandada según documento poder que presenta en original y copia simple para que una vez confrontados le sea devuelto el original en este mismo acto; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 202 °.


La Jueza

La Secretaria

Abg. Olga Romero


Abg. Dorimar Chiquito

Parte demandada