N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2011-001195.

PARTE OFERENTE: INSTALACIONES y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: GERALDINE DELIMA.

PARTE OFERIDO: JONNATHAN MANZO.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERIDO: NO CONSTA EN AUTOS.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.-

Se observa, que se inicia el presente procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO, en fecha 01 de Julio de 2011.

En fecha 01 de Julio de 2011, lo admite cuanto ha lugar en derecho y ordenando librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones.-

Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:

“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”

En tal sentido, en el caso de marras, desde la el día 01 de Julio de 2011, hasta la presente fecha, ha transcurrido más del año según lo establecido en la mencionada norma.

Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio incoado por la empresa: INSTALACIONES y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A, a favor del ciudadano: JONNATHAN MANZO.-

No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.

PUBLIQUESE y REGISTRESE.
El Juez
El Secretario

Abg. Miguel Yilales Zurita
Abg. Yorman Garcia Martinez