REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas
Caracas, uno de febrero de dos mil trece
202º y 153º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2012-005101
PARTE ACTORA:DORA ESPERANZA GAVIDIA MARTINEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: GRUPO LOS PRINCIPITOS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:GREIDY LAMPE
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy uno de febrero de dos mil trece, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, y en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, el abogado HERMENEGIRDO GONZALEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 88.594, acreditación que se desprende de instrumento poder original que presenta a effectum videndi constante de tres (03) folios útiles, el mismo se ordena agregar a los autos. La parte demandada consigna escrito de pruebas constante de un (01) folios útiles y anexos de cinco (05) folios útiles, los cuales se ordenan agregar a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Jueza
El Secretario
Abg. Geraldine Eugenne Louis Núñez
Abg. Yorman García Martínez
Apoderado judicial de la parte demandada
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