REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Miércoles Seis (06) de Febrero del año Dos Mil Trece (2013) siendo las doce de la tarde (12:00 p.m.), se traslado y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Dra. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía de la Secretaria Abogada ADRIANA EIGLYN PLANAS MELERO, del Abogado JOSÉ ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.176, actuando en su propio nombre y en representación de la Sociedad Mercantil CREACIONES MARREY C.A., (Parte Actora), en la siguiente dirección: Avenida Los Próceres, Centro Comercial Los Próceres, Nivel 2, Local 001, Sector Los Próceres, Caracas, Distrito Capital; con motivo de la medida de Embargo Preventivo decretada y ordenada por el Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, expediente Nº 2347-09 (nomenclatura del Tribunal de la Causa), en el juicio que por Cobro de Bolívares, sigue el ciudadano JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.994.996, en su carácter de Director de la Sociedad Mercantil CREACIONES MARREY C.A., asistido por el abogado en ejercicio PEDRO OSWALDO COLINA HERNANDÉZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97.651, contra la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES MICHELLE COUTURE C.A., representada por su Presidente ciudadana SHARON MICHELLE GÓMEZ FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14,979.836, en su condición de Deudora de una (1) factura; Por cuanto se observa, que los recaudos consignado constituye medio de prueba que evidencia la presunción grave del derecho que se reclama y ante la posibilidad que pueda quedar ilusoria de ejecución del fallo que en la presente causa pudiera recaer y por cuanto se encuentran llenos los requisitos establecidos en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 585 y 588 ordinal 1º de la misma Ley adjetiva, se decreto medida Cautelar de Embargo sobre bienes que serán señalados por la parte demandante, propiedad de la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES MICHELLE COUTURE C.A., con domicilio en la Avenida Los Próceres, Centro Comercial Los Próceres, Nivel 2, Local 001, Sector Los Próceres, Caracas, Distrito Capital, representada por su presidenta ciudadana SHARON MICHELLE GÓMEZ FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.979.836, en su condición de deudora, en la cantidad que no exceda el doble de la cantidad demandada, es decir la suma de SESENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y UN BOLÍVARES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 69.051,62), que comprende el doble de la cantidad demandad, más intereses moratorios, honorarios profesionales y costos del juicio; si el embargo recae sobre cantidad líquida de dinero, el mismo deberá practicarse por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA BOLIVARES CON CERO CINCO CÉNTIMOS (Bs. 39.730,05).- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal notifico de su misión a la ciudadana AUREA ELISA FUENMAYOR DE GOMEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 4.764.647, quien manifestó ser Encargada del local donde se encuentra constituido el Tribunal Ejecutor, a quien se le leyó el presente mandato de ejecución dando cumplimiento a los Preceptos Constitucionales del Derecho a la Defensa y el Debido Proceso, contemplados en nuestra Carta Magna, en su artículo 49. Asimismo la notificada manifestó que aquí funciona la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES MICHELLE COUTURE C.A., (parte demandada).- Acto seguido la notificada ciudadana AUREA ELISA FUENMAYOR DE GOMEZ, ya identificada, expone: Procedo en este Acto a comunicarme con la ciudadana SHARON MICHELLE GÓMEZ FUENMAYOR, quien es la Presidenta la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES MICHELLE COUTURE C.A., por lo que solicito al Tribunal Ejecutor me conceda un tiempo prudencial, para que la misma se haga presente.- Seguidamente este Juzgado Ejecutor, vista la solicitud de la notificada, acuerda conceder el tiempo prudencial solicitado.- Continuamente, siendo las dos de la tarde (02:00 pm), se hizo presente la ciudadana SHARON MICHELLE GÓMEZ FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.979.836, en su carácter de Presidenta de REPRESENTACIONES MICHELLE COUTURE C.A., a quien se le impuso de la misión del Tribunal.- Acto seguido, éste Juzgado Ejecutor instó a las partes a conversar, antes de proceder a la ejecución de la presente medida.- Acto seguido el Abogado JOSÉ ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, antes identificado, actuando en su propio nombre y representación como parte actora, expone: “Solicito muy respetuosamente al Tribunal se abstenga de practicar la presente medida Cautelar de Embargo y mantenga la comisión en sus archivos. Es todo”. En consecuencia éste Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, vista la solicitud del Abogado ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, se abstiene de practicar la presente medida en este Acto y acuerda mantener la presente Comisión en los archivos de este Despacho. Es todo.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. En consecuencia ese Tribunal Ejecutor, ordena el cierre de la presente acta, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR

LAS NOTIFICADAS


LA PARTE ACTORA


LA SECRETARIA



EXP: 2444-13.
MCCM/AP