REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 15 DE FEBRERO DE 2013.-
Años 202° Y 153°

Vista la solicitud de EXEQUÁTUR y recaudos que la acompañan, interpuesto por el abogado Carlos Castro Bauza, e inscrito en el Inpreaboagdo bajo el Nº 52.985, actuando en su carácter Judicial de los ciudadanos Douglas José Fuenmayor González, de la nacionalidad venezolana, titular de la cedula 11.949.938, y Pilar Adrada Lozano, de nacionalidad española, titular de la documento de identidad Nº 51.418.224, ambos domiciliados en la Ciudad de Madrid, España; a los fines que sea concedida fuerza ejecutoria en Venezuela a la Sentencia de Divorcio o Disolución de Matrimonio, dictada en Madrid en fecha 07 de marzo del 2012, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 80, de Madrid, España; este Tribunal se declara competente para conocer del presente procedimiento, en virtud de la resolución N° 212, de fecha 04 de abril de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial en su artículo primero (1°). En consecuencia, se Admite dicha solicitud. A tal efecto se ordena notificar a la Fiscalía de Turno del Ministerio Público en Materia de Familia, anexándole copia certificada de la solicitud y de la documentación acompañada a la misma, según lo expresado en el artículo 131, ordinal 3° ejusdem, en concordancia con el artículo 42, ordinal 20° de Ley Orgánica del Ministerio Público. Líbrese la correspondiente notificación.
El Juez

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata


VGJ/RM/kl.
Exp. AP71-S-2013-000006


República Bolivariana de Venezuela

En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, quince (15) de Febrero de 2013
Años 202° y 153°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al Fiscal de Turno del Ministerio Público en Materia de Familia, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó su notificación, en virtud de la Solicitud de Exequátur interpuesta por el abogado Carlos Castro Bauza, e inscrito en el Inpreaboagdo bajo el Nº 52.985, actuando en su carácter Judicial de los ciudadanos Douglas José Fuenmayor González, de la nacionalidad venezolana, titular de la cedula 11.949.938, y Pilar Adrada Lozano, de nacionalidad española, titular de la documento de identidad Nº 51.418.224, ambos domiciliados en la Ciudad de Madrid, España; a los fines que sea concedida fuerza ejecutoria en Venezuela a la Sentencia de Divorcio o Disolución de Matrimonio, dictada en Madrid en fecha 07 de marzo del 2012, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 80, de Madrid, España, la cual se anexa en copia certificada conjuntamente con los recaudos que acompañan a la solicitud.
Notificación que se le hace a usted, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de pagina la presente boleta en señal de haber sido notificada, con inserción de la fecha y la hora.-
EL JUEZ,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
VGJ/RM/kl
EXP: AP71-S-2013-000006