Visto el anterior convenimiento, celebrado en fecha 29/01/2013, por ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta en acta levantada en virtud de la practica de la medida preventiva de embargo, constante a los folios 39 al 42 del Cuaderno de medidas, signado bajo el N° AN36-X-2012-000042, suscrito por el abogado CARMELO SIRACUSANO CATANESE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.150, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora sociedad mercantil SUPLYGRAFICA ESPACIAL, C.A., por una parte y por la otra, el ciudadano RUBEN DOMINGO BRETTO RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 2.974.383, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil LOS NARDOS EDITORES, C.A., parte demandada en el presente juicio y debidamente asistido de la abogada VERIUSKA YURAMID ALMEIDA PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.699; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el Convenimiento en los términos en él planteados. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,

ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
Dada y sellada y firmada en la sala de este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, siendo las 10:55 a.m.
LA SECRETARIA,

ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.,

AP31-M-2012-000376