REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 13/02/2013
202° y 153°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Único y Universal Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto y los recaudos consignados mediante diligencia de fecha 29 de enero de 2013, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurias a que se contrae la presente solicitud, a favor de la ciudadana MARIA NATALIA RODRIGUES DE DOS REIS, MARIA LEONOR DOS REIS DE GONZALEZ, JUAN ALBERTO DOS REIS RODRIGUES, MARIA ODILIA DOS REIS RODRIGUES, Portuguesa la primera y venezolanos los siguientes, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nro. E-80.897.143, V-12.763.810, V-12.763.809, V-15.838.808 respectivamente. Así se decide.-
Devuélvase el presente título supletorio en original con sus resultas.- Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,
MARIA A. GUTIERREZ C
LA SECRETARIA,
Abg. DILCIA MONTENEGRO P.
Exp.AP31-S-2012-012146
MAGC/DMP/mjm
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