REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 19 de febrero de 2013
Año 202° y 153°

ASUNTO N°: AP21-S-2013-000250

Vista la transacción presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, en fecha 6 de Febrero de 2013, y recibida por este Tribunal en fecha 15 de Febrero de 2013, suscrita por la parte Oferida, ciudadano ROGER MANUEL TORRES HERDEL, titular de la cédula de identidad Nº 5.092.135, debidamente asistido por la abogada IRAMA GABRIELA MURO SEVERINE, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 119.942, por una parte y por la otra la abogada ELISA MARTINEZ CASTEJON, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 26.482, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CASA DELA, C.A. denominada RESTAURANT LA CASTAÑUELA, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.25.000,00) cancelados mediante cheque de gerencia Nº 00696240, de la cuenta Nº 0138-0006-54-2120210102, del Banco Plaza, de fecha 05 de Febrero de 2013, a nombre de ROGER MANUEL TORRES, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal dos (2) juegos de copias certificadas del presente auto de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica del Trabajo.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO


LA SECRETARIA

JOANNA CAPUANO