REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintisiete de febrero de dos mil trece
203º y 153º
ASUNTO : AP51-J-2013-002227
SOLICITANTE: NAHILETH COROMOTO LEZAMA THOMPSON, titular de la cédula de identidad Nro V- 12.747.853.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vistas las actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos YRADIES LORENA MENDEZ DE MORENO y EDGAR JOSE LUGO NORIEGA, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.745.183 y V-11.159.462 respectivamente, y cumplidas las formalidades de ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la ciudadana NAHILETH COROMOTO LEZAMA THOMPSON, titular de la cédula de identidad Nro V- 12.747.853 (Viuda) y --------- (hijos); beneficiarios del de cujus RICHARD JOSE GALLARDO GONZALEZ, quién era portador de la cédula de identidad Nro V- 12.389.251. Se insta a la solicitante del presente asunto, para que consigne fotostatos de las actuaciones, una vez cumplido, se procederá a devolver los originales con sus resultas. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, veintisiete (27) de febrero de 2013. Años 203° y 153°.
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.
|