REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis (16) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2013-002134
Visto el anterior escrito, contentivo de transacción celebrada entre el Abogado HIRSEY GUSTAVO OCHOA, I.P.S.A. N° 177.615, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILLIAM LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.389.556, por una parte y por la otra el Abogado JAVIER QUINTANA YANEZ, I.P.S.A N° 131.087, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CONSORCIO HELITEC, C.A, mediante el cual celebran Transacción y en tal sentido, consignan copia simple de un (01) cheque identificado con el N° 27525004, girado contra el Banco Mercantil, por la cantidad de TREINTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON TRES CENTIMOS (Bs. 30.833,03), a nombre del ciudadano: WILLIAM LOPEZ, parte Actora en el presente procedimiento, lo que alcanza la totalidad de la suma transada entre las partes.
En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, solo con respecto a los conceptos que versan en materia laboral. De igual manera, se ordena librar Oficio a la Coordinación de Secretarios de este Circuito Judicial Laboral, a los fines de que excluya el presente asunto del sorteo para Audiencias Preliminares, a celebrarse el día 23 de Julio de 2013, a las 09:00 A.M., por cuanto las partes llegaron a un acuerdo transaccional.
De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
La Juez
La Secretaria
Abg. Leticia Morales Velásquez
Abg. Mariandrea González
|