ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-001829
PARTE ACTORA: ANAIS ALEXANDRA TORREALBA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YANIRA DEL CARMEN VELAZQUEZ
PARTE DEMANDADA: VIVERES CARACAS, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: MAIRA SANCHEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, 08 de julio de 2013, siendo las 2:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia a este acto de las abogadas YANIRA DEL CARMEN VELAZQUEZ y MAIRA SANCHEZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 111.585 y 46.870, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora y demandada; dándose inicio a la audiencia preliminar. Las partes comparecientes han llegado a un acuerdo en los siguientes: En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte demandada y expone: A los fines de dar por terminado el presente procedimiento, en nombre de mí representada cancelo en este acto a la parte actora la cantidad de Bs. 16.175,59, mediante cheque Nº 11553460, girado contra la cuenta 01050096611096001462, de fecha 19 de junio de 2013, la cual comprende todos y cada uno de los conceptos reclamados, a saber: Diferencias por utilidades, de garantía de prestaciones sociales, indemnización por despido injustificado y días compensatorios no disfrutados, es todo. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora: En nombre de mi representada acepto la cantidad que cancela en este acto la parte actora, por los conceptos mencionados; en el entendido a que con respecto al monto de Bs. 2.500,00 que se dedujo de la liquidación, era procedente, por cuanto se trataba de una cantidad que mi representada le debía a la empresa, es todo. Este Juzgado vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
MARCIAL MECIA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
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