REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 19 de julio de 2013
203° y 154°
ASUNTO N°: AP21-S-2013-001531
PARTE ACTORA: ADECCO SERVICIOS DE PERSONAL, C.A.
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: Cristina Antonini
PARTE OFERIDA: ARIELKA ALEJANDRA BORGES
APODERADOS JUDICIALES PARTE OFERIDA: No consta en autos
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción de fecha 10 de julio de 2013, suscrito por los ciudadanos Cristina Antonini, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.640, representante legal de ADECCO SERVICIOS DE PERSONAL, C.A., parte oferente, Pedro Cárdenas, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.912, representante legal de BASF VENEZOLANA, C.A. y por la otra parte la ciudadana ARIELKA ALEJANDRA BORGES, titular de la cedula de identidad numero V-18.020.206, parte oferida, asistida judicialmente por el Abogado Carmen Velandia, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 100.591, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTIUN BOLÍVARES CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 330.621,98). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, discutidos como han sido los conceptos a transigir y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, y 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Lisbeth Montes
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