REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-002167
PARTE ACTORA: WILFREDO PEÑALOZA CHACÓN
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ALDO SAVINO ARANGUREN
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES MISIA JACINTA, S.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS FLORES Y OTROS
MOTIVO: PRONUNCIAMIENTO DE HOMOLOGACIÓN DE TRANSACCIÓN PRESENTADA POR LAS PARTES EN LA FASE DE SUSTANCIACIÓN

Hoy 25 de julio de 2013, oportunidad fijada para la celebración de la audiencia preliminar, previa distribución, le correspondió a este Juzgado celebrar la misma, haciéndose presente los abogados ALDO SAVINO ARANGUREN y CARLOS FLORES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 11.948 y 11.088, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de las partes, quienes manifiestan a este Juzgado de viva voz, que presentaron el 28 de junio de 2013, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo escrito transaccional, del cual no hubo pronunciamiento del Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, por tanto este Juzgado con funciones de sustanciación, procedió a revisar el escrito transaccional y observó que se presentó por escrito, que tiene una relación circunstanciada de los hechos y del derecho contenido y discutido, que hubo recíprocas concesiones, que se dio libre de apremio y coacción, como lo indicaron en este acto los apoderados judiciales ya identificados, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, se Homologa con fuerza de cosa juzgada, dándose por concluida la audiencia preliminar, la cual por los hechos antes comentados, no debió celebrarse.
La Jueza
El Secretario


Abg. MILAGROS C. JIMÉNEZ
Abg. RAFAEL FLORES


Abg. ALDO SAVINO ARANGUREN
Apoderado judicial de la parte actora

Abg. CARLOS FLORES
Apoderado judicial de la parte demandada