REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 4 de julio de 2013
203º y 154º


ASUNTO: AP41-U-2013-000079

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en horas de despacho del día 20 de junio de 2013, por la ciudadana LICETT GALIETTA, titular de la cédula de identidad N° 10.362.212 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 58.873 respectivamente, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la contribuyente CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L., y por cuanto las Pruebas contenida el Capítulo UNICO, no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:

CAPITULO UNICO: (Merito Favorable)
Se reproduce y ratifica íntegramente el mérito probatorio que se desprende de las actas procesales en favor de la contribuyente.
LA JUEZA,


BEATRIZ B. GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA,


YANIBEL LOPEZ RADA.-

BBG/EC.