REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, dieciséis (16) de julio de dos mil trece (2013), siendo las ocho y treinta de la mañana (8:30 am), constituido como se encuentra este Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, se traslada a un inmueble constituido por dos parcelas de terrenos contiguas ubicadas en la Avenida Este 5, entre las Esquinas de Tienda Honda a Santa Bárbara, Parroquia Altagracia, Municipio Libertador del distrito Capital; en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Carlos Chacín inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 72.584. Se encuentran presentes por requerimiento del apoderado judicial de la parte actora, un grupo de funcionarios policiales a cargo del oficial Jefe Cristian Ojeda, cédula de identidad Nº V.12.937.248. Para el caso de requerirse se designa a la Depositaria Judicial la consolidada, C.A, representada en el acto por el ciudadano Argenis Rivas, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.081.609, y como perito avaluador el ciudadano Alí José Peláez, titular de la cédula de identidad Nº V. 4.774.760, debidamente juramentados por la Juez de este Juzgado; a fin de practicar medida de entrega material decretada por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por desalojo sigue Sociedad Mercantil Stella contra Wakin Youseff Geraiss Ybrahim. Encontrándose el Tribunal en el lugar indicado, se observa que sus puertas están abiertas y se encuentra un ciudadano que manifiesta llamarse Ángel Díaz y ser titular de la cédula de identidad Nº 8.243.531, a quien se notifica de la medida leyéndole íntegramente el contenido del despacho. Realizada su notificación el ciudadano Ángel Díaz, en su carácter ya expresado, expone: “Yo no estoy de acuerdo con el desalojo que se quiere hacer por que aquí vivo aquí con mi familia y no me voy de aquí hasta tanto me consigan una vivienda”. Es todo. Acto seguido el apoderado judicial de la parte actora, abogado Carlos Chacin, expone: “Solicito respetuosamente a este Tribunal la suspensión de la práctica de la medida y tramitaré ante los organismos competentes la asignación de una vivienda digna para este ciudadano y su pequeño núcleo familiar, en virtud de haber llegado con él mismo a dicho acuerdo quedando conforme”. Es todo. Ante la situación presentada y visto los señalamientos efectuados por el apoderado judicial de la parte actora, abogado Carlos Chacin, este Tribunal acoge su solicitud de suspender la ejecución de la presente medida y ordena su retiro a Sede. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 10:30 am.
La Juez,

Caribay Gauna
El apoderado judicial de...

...la parte actora

Abg. Carlos Chacin
El notificado

Ángel Díaz
El representante de la Depositaria. Judicial
La Consolidada C.A

Argenis Rivas
El perito avaluador

Alí José Peláez
Oficial Jefe de la Policía Nacional

Cristian Ojeda
La Secretaria,

Dubraska Ibarreto
Exp. N° 3348-13 (Interno)
Exp. N° 2519 (causa)