En el día de hoy, diez (10) de julio de Dos Mil Trece (2013), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.,), se trasladó y se constituyó el Abogado Carlos Martínez Peraza, en su carácter de Juez Titular Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en compañía de su Secretaría, Abogado Rosa Virginia Villamizar y el apoderado de la parte actora Abogado PLINIO ANGULO INCIARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.645, en la siguiente dirección: Inmueble distinguido con el Nº 161, ubicado en la Calle Oeste Trece, entre San Antonio a Soledad, Parroquia la Pastora en Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital, a fines de dar cumplimiento al Amparo Constitucional ordenado por el JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo de la Acción de Amparo Constitucional incoado por los ciudadanos LUIS ALBERTO CHATAING GOMEZ, GERMAN FEBRES CHATAING, HODALYS DE LAS MERCEDES PAIVA CHATAING, AISSE FABIANA CHATAING, JACQUELINE PAIVA CHATAING DE ALGARRA, CARMEN VICTORIA PAIVA CHATAING, PABLO A. PEÑA Y JUAN LUIS ESCOBAR contra EVELIO RAMON RIVAS URRIBARRI, ZORAIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RIVAS Y LEANDRO RAMON RIVAS RODRIGUEZ, contenido en el expediente N° AP11-0-2011-000010, nomenclatura interna de ese Juzgado y con el N° 13-3153, nomenclatura interna de este Juzgado comisionado. Presentes en el lugar señalado por el apoderado de la parte actora, se deja constancia que se encuentra presente la ciudadana ANGINELLY CONTRERAS DEL MORO, titular de la cédula de identidad Nº 17.976.947, en su carácter de Trabajadora Social, adscrita a la Dirección del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente, LEOCARINA MARQUEZ, cédula de identidad Nº 17.234.254, Defensor Público, HECTOR VILLASMIL CONTREAS, titular de la cédula de identidad Nº 11.738.439, Fiscal del Ministerio Púbico, y el ciudadano JOSE T. ARELLANO O, titular de la cédula de identidad Nº 16.411.483, representante de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento y HECTOR JOSE MENDOZA, cédula de identidad Nº 13.538.503 Policia Nacional Bolivariana, jefe de la Parroquia la Pastora. Igualmente, se deja expresa constancia que está presente en el lugar de la medida el Juzgado Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas del Area Metropolitana de Caracas. Seguidamente, el Juez procede a tocar a las puertas del inmueble y atendió el llamado una ciudadana que se identificó como ZORAIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RIVAS, cédula de identidad Nº 4.600.028, quien permitió el acceso al inmueble. Una vez dentro del lugar, el Juez procede a notificar de la misión del Tribunal a los ciudadanos EVELIO RAMON RIVAS URRIBARRI y ZORAIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RIVAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros 3.736.294 y 4.600.028, respectivamente a quienes se les leyó el texto íntegro de la comisión y se les ordenó que deben permitir y mantener el libre acceso de las áreas comunes del inmueble distinguido con el Nº 161, ubicado en la Calle Oeste Trece, entre San Antonio a Soledad, Parroquia la Pastora en Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital, a los ciudadanos LUIS ALBERTO CHATAING GOMEZ, GERMAN FEBRES CHATAING, HODALYS DE LAS MERCEDES PAIVA CHATAING, AISSE FABIANA CHATAING, JACQUELINE PAIVA CHATAING DE ALGARRA, CARMEN VICTORIA PAIVA CHATAING, PABLO A. PEÑA Y JUAN LUIS ESCOBAR , tal y como lo ordenó el Tribunal en el particular Tercero del exhorto de Amparo. Seguidamente, el Juez Ejecutor, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente en el particular CUARTO del exhorto de Amparo Constitucional, se constituye en el apartamento Nº 2 del inmueble arriba identificado y deja constancia que los ciudadanos EVELIO RAMON RIVAS URRIBARRI Y ZORAIDA DEL CARMEN RODRIGUEZZ DE RIVAS, permitieron el acceso al inmueble antes identificado y facilitaron las llaves del mismo, por lo que se procede a restituir en la posesión del inmueble al ciudadano JUAN LUIS ESCOBAR TOVAR, titular de la cédula de identidad Nº 2.147.193, quien declara recibirlo conforme y en el estado en que se encuentra. Se deja constancia que los notificados facilitaron las llaves tanto de las áreas comunes del inmueble como del apartamento Nº 2. Y siendo la 1:30 p.m., se ordena el cierre de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TITULAR,

ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA


EL APODERADO DE LA PARTE ACTORA
LA PARTE ACTORA

LOS NOTIFICADOS AGRAVIANTES


EL DEFENSOR PUBLICO

EL FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO

EL REPRESENTANTE DE LA SUPERINTENDENCIA DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA.



LA SECRETARIA


ABG. ROSA VIRGINIA VILLAMIZAR