REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: AP31-S-2012-002006
SOLICITANTE: JASAI ALEJANDRA FERRER, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: NÉLIDA RANGEL FERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 154.621.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
Conoce este Tribunal de la presente solicitud, presentada por la ciudadana JASAI ALEJANDRA FERRER, asistida por la Abogado NELIDA RENGEL FERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 154.621, donde solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento, que corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por el Municipio Autónomo Chacao, del Estado Miranda, anotada bajo el N° 1169, correspondiente al año 2003, la misma acompañó marcada con la letra “A”, donde se le identifica a su madre como ANA CAROLINA RODRIGUEZ, siendo esto incorrecto, ya que el nombre correcto es EDUVIGES FERRER CARRERO, por lo que la corrección debe versar sobre: PRIMERO: donde dice “…ANA CAROLINA RODRIGUEZ…”, debe decir “…EDUVIGES FERRER CARRERO…”.
En fecha 13 de marzo de 2012, el Tribunal le dio entrada a la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, y a los fines de su admisión ordeno librar oficio a la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, a los fines de que remitieran a la brevedad posible copia certificada del expediente en el que se haya tramitado el caso de la ciudadana Ana Carolina Rodríguez y/o Eduviges Ferrer Carrero.
En fecha 28 de marzo de 2012, compareció el ciudadano MARIO DIAZ, en su carácter de Alguacil, adscrito a este Circuito Judicial Civil, y consignó recibo de oficio dirigido al Defensor Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda.
En fecha 28 de mayo de 2012, se recibió oficio Nro. DJM-0056/05/12, de fecha 22/05/2012, proveniente de la Dirección de Justicia Municipal, del Municipio Chacao, mediante el cual remitió resultas.
En fecha 31 de mayo de 2012, el Tribunal mediante auto ordenó agregar el oficio recibido de la Dirección de Justicia Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda a las actas del presente expediente, a los fines de que surtiera los efectos de ley.
En fecha 08 de junio del 2012, se admitió la solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó edicto.
En fecha 15 de junio de 2012, compareció la solicitante y solicitó corrección en edicto.
En fecha 19 de junio, se subsano error, se dejo sin efecto y se libró nuevo edicto.
En fecha 17 de julio de 2012, compareció la solicitante y consignó edicto publicado en la prensa.
En fecha 20 de julio de 2012, la Secretaria del Tribunal dejó constancia de haber fijado el edicto en la cartelera del Tribunal, a los fines de dar cumplimiento a las formalidades establecidas en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 15 de noviembre de 2012, compareció la ciudadana Eduviges Ferrer Carrero y se dio por notificada de la presente solicitud y manifestó estar de acuerdo en todos los trámites de la presente solicitud.
En fecha 8 de enero de 2013, compareció la ciudadana EDUVIGES FERRER CARRERO y solicitó al Tribunal el correspondiente pronunciamiento.
En fecha 9 de enero de 2013, se dictó auto mediante el cual se instó a la solicitante a impulsar la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 30 de enero de 2013, compareció la solicitante y consignó los fotostatos necesarios a los fines de la elaboración de la boleta de notificación del Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 31 de enero de 2013, se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 1 de marzo de 2013, compareció el ciudadano MARIO DIAZ, Alguacil adscrito a este Circuito Judicial Civil y consignó recibo de boleta de notificación del Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 12 de marzo de 2013, compareció la Abogado Dilia López Bermúdez, en su carácter de Fiscal Centésima Tercera del Ministerio Público especial para actuar en el sistema de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, mediante la cual instó a la solicitante a consignar copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana Eduviges Ferrer Carrero.
En fecha 14 de marzo de 2013, el Tribunal mediante auto instó a la ciudadana Eduviges Ferrer Carrero, a consignar copia certificada del Acta de Nacimiento.
En fecha, 11 de junio de 2013, compareció la ciudadana Eduviges Ferrer, y consignó copia simple del acta del libro de bautismo de la referida ciudadana.
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Nº: 1.169, Folio 365, Tomo 3, del año 2003, que reposa en la Oficina de Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, en los siguientes términos: PRIMERO: donde dice “…ANA CAROLINA RODRIGUEZ…”, debe decir “…EDUVIGES FERRER CARRERO…”.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los 30 días del mes de julio del dos mil trece (2013). Años: 203º y 154º.
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