REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2012-000567

Vista la diligencia del 26-06-13 y lo solicitado y asimismo vistos los escritos de transacción de fecha 23 de Abril de 2012, celebrados entre SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS, C.A, representada por su apoderado judicial el abogado, Simón Jurado, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 76.855, mediante el cual transó con los ciudadanos (oferidos), TIMAURE MERBIN por Bs. 48.731,86; OROPEZA REBECA por Bs. 48.731,86; RAMOS JOHANAN por Bs. 27.113,38; APONTE YARITZA por Bs. 40.491,38; CASTILLO PIERINA por Bs. 44.022,88 y TORREZ SANDY por BS. 52.557,46, todos asistidos por la bogada, Claudia Ilarraza, inscrita en IPSA bajo el Nro. 130.059. Y, asimismo visto los escritos de transacción consignados el 24-04-2012, mediante los cuales la empresa SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS, C.A, representada por su apoderado judicial el abogado, Simón Jurado, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 76.855 transó con los ciudadanos (oferidos) MENDOZA MARIA por Bs. 42.077,48; CAMACARO MARIA por Bs. 33.845,912; GIMENEZ WALLYS por Bs. 43.754,00; PEREZ JONNY por Bs. 30.152,00; GOMEZ ALEJANDRO por Bs. 37.454,51; RONDON OSCAR por Bs. 35.013,51; CASTRO MARIA por Bs. 45.543,39; SUAREZ LEONARDO por Bs. 77.297,55; MENDOZA NESTOR por Bs. 37.368,79; CASTILLO JOSE por Bs. 47.505,26; SUAREZ JORGE por Bs. 72.107,90 y ARAGUREN RAUL por Bs. 28.673,50, todos asistidos por la bogada, Claudia Ilarraza, inscrita en IPSA bajo el Nro. 130.059, respectivamente, cuya suma de las cantidades anteriormente mencionadas da un total de Bs. 793.987,34 transado. En consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dichas Transacciones conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Igualmente se insta a la parte oferente consignar la cantidad ofrecida al ciudadano DELGADO DARUVIN (oferido) en su escrito de oferta real de pago, visto que no consta a los autos transacción alguna respecto al mencionado ciudadano, en este sentido se señala que continua el procedimiento de oferta real de pago con respecto al antes mencionado oferido.-
La Juez

El Secretario
Abg. Angélica Hernández
Abg. Arturo Yaggia