ASUNTO: AP21-L-2013-002291

Vista la diligencia de fecha 2 de julio de 2013, suscrita por la abogada PATRICIA AGUILERA, Inpreabogado Nº 205.872, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana MARÍA AUXILIADORA COLINA ORTEGA, mediante la cual Desiste del Procedimiento y de la Acción, en la demanda que tiene incoada contra la empresa COMERCIAL LUNA 2020, C.A., este Juzgado Homologa sólo el desistimiento del Procedimiento, ello con el propósito de garantizar los derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores. Asimismo, se da por concluido el proceso y se ordena el cierre y archivo del expediente.

La Jueza,

Abg. Karla González Mundaraín

El Secretario,

Abg. Arturo Yaggia