REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 26 de julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO Nº AP01-S-2012-6044

Vista la solicitud de sobreseimiento efectuada por el representante Fiscal 129º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas; en Colaboración con el Plan de Descongestionamiento de Causas de Violencia de Género, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal a los fines de decidir previamente observa:
La presente averiguación se inició en fecha 16-02-2012, en virtud de la denuncia formulada por la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA , titular de la cédula de identidad V-24.275.806, por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Arguye el Ministerio Público como titular del ejercicio de la acción penal y director de la investigación, que los elementos de convicción recabados son insuficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, aunado a que no existe la posibilidad razonable de incorporar nuevos datos a la investigación, lo que conduce a la falta de certeza; al respecto este Juzgado observa que efectivamente no cursan en las actuaciones suficientes elementos de convicción para acreditar la materialidad de alguno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y se evidencia que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, motivos que hacen procedente y ajustado a derecho decretar EL SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano JOSE ANGEL QUINTERO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 22.346.586, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal y de igual forma cesa cualquier Medida Cautelar o Medida de Protección y de Seguridad que se haya dictado durante el proceso tal como lo establece el artículo 301 eiusdem.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado CUARTO de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, decreta EL SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano JOSE ANGEL QUINTERO , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 22.346.586, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal. De igual forma cesa cualquier Medida Cautelar o Medida de Protección y de Seguridad que se haya dictado durante el proceso tal como lo establece el artículo 301 eiusdem.
Regístrese, Publíquese, notifíquese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase al Departamento de Archivos Judiciales con la finalidad de su guarda y Custodia.
LA JUEZA,

ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO

LA SECRETARIA,

NALLIVE COLMENARES
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-

LA SECRETARIA,

NALLIVE COLMENARES
RM/Daisnel