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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 Caracas, diez de julio de dos mil trece
 203º y 154º
 
 ASUNTO : AP51-J-2013-012320
 SOLICITANTE: ARNALDO JOSE RAMOS RADA, titular de la cédula de identidad Nro V- 13534.483.
 MOTIVO: DESISTIDO Y EXTINGUIDO.
 Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por   el ciudadano  ARNALDO JOSE RAMOS RADA, este Tribunal, observa del acta de esta misma fecha (folio 09), que el solicitante  no compareció a la audiencia preliminar ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; razón por la cual este Juez Quinto (5°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y en consecuencia, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se le advierte al solicitante, que no podrán intentar nuevamente la solicitud, antes de que transcurran treinta días continuos, contados a partir del día siguiente al de hoy. ASI SE DECIDE.
 EL JUEZ,
 
 Abg. ALCIDES ROBLES GORDILLO
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO
 
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