REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Cuarto 14° de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Caracas, diecisiete (17) de julio de 2013
°202 y °154
ASUNTO: AP51-V-2013-007133
Vista el Acta de fecha 16/07/2013, mediante la cual se dejó constancia de la celebración de la Audiencia Preliminar en su fase de Mediación, en la cual los ciudadanos, ROSA AIMARA VENEZUELA ARGOTTY RODRIGUEZ y LUIS ANSELMO COLMENARES COLMENARES, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad No. V.- 15.791.792 y V.-12.399.547, respectivamente, llegaron a un acuerdo de Autorización Judicial Para Viajar, a favor de su hijo, el niño, (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes) , de seis (06) años de edad. Este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho acuerdo en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos; se le imparte su aprobación, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, de conformidad con lo establecido en los artículos 470 y 392 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en consecuencia, se AUTORIZA A VIAJAR AL EXTERIOR al niño (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes) , de seis (06) años de edad, en compañía de su madre, ciudadana ROSA AIMARA VENEZUELAARGOTTY RODRIGUEZ, ut supra identificada, Los Estados Unidos de Norte América, embarcando en el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, el día 29 de Julio de 2013, con la Aerolínea Delta Airlines, hasta Syracuse, con escala en Atlanta y en fecha 14 de agosto de 2013 desde Syracuse-Estados Unidos hasta la ciudad de Nueva York, Retornando a la República Bolivariana de Venezuela el día 18 de Agosto de 2013, con la Aerolínea Delta Airlines. Se acuerda la Expedición por secretaría de dos (02) juegos de copias certificadas, y su remisión a través de oficio a la Oficina de Atención al Público, con el objeto de su entrega a los prenombrados ciudadanos. Cúmplase.-
La Juez,
Abg. ENOE CARRILLO CASTELLANOS.
La Secretaria,
Abg. ADRIANA MIRELES