REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación
Caracas, 12 de julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AP51-J-2013-012315
Motivo: DIVORCIO 185-A
Solicitantes: ASALIA KATERINA DURAN LUGO y JOSE GREGORIO GONZALEZ SANCHEZ, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.871.964 y V- 6.021.458, respectivamente
Abogados: GUSTAVO SILVA e ISAAC LOPEZ, inscritos en el IPSA bajo los Nos 123.545 y 97.614, respectivamente.-

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos ASALIA KATERINA DURAN LUGO y JOSE GREGORIO GONZALEZ SANCHEZ, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.871.964 y V- 6.021.458, respectivamente; se observa del acta de fecha 11/07/2013, cursante al folio 11 del presente asunto, que no comparecieron ninguno de los solicitantes, observándose desinterés en la causa, y al no haberse cumplido la formalidad de Ley, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de DIVORCIO 185-A, y en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Ordénese el CIERRE Y ARCHIVO de la presente causa. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día doce (12) de Julio de Dos Mil Trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
LA JUEZ

ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,

Abg. LUISA OLIVEROS
AP51-J-2013-012315
Lcd/lo/marianna