REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

Chabasquen, 04 de Junio del 2013.
Años: 202° Y 154°


Exp N° 795/2013

DEMANDANTE: Leída Coromoto Gil.-

DEMANDADO: Marcos Dennys Yanez

Motivo: Obligación de Manutención.


Vista como ha sido la presente causa, donde la parte demandante DESISTE DE LA ACCION, este Tribunal le imparte su Homologación, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y concluida como ha sido la misma, se acuerda la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción, Guanare en su oportunidad legal.

La Jueza Titular,


Abg. Janet del carmen Zavarce Pinto.

La Secretaria,

Abg. Zoraida del Carmen Gonzalez F-


Exp. 795/2013
Milagro.-