REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece de junio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2012-005316
Vista la transacción presentada en fecha diez (10) de junio de dos mil trece (2013), suscrita por la Abogada XIOMARA DIAZ I.P.S.A N° 87.923, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, por una parte y por la otra, el Abogado MARTIN GUERRERO I.P.S.A N° 82.180, en su carácter de apoderado judicial de la empresa. CONSTRUCCIONES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A., parte demandada, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CIENTO SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (BsF. 107.456,78), cancelados mediante Cheque N° 23220254, de la Cuenta Nº 0121.0104.01.0009468986, de fecha 29/05/2013, girado contra el Banco Corp Banca C.A, a nombre de la ciudadana SILVIA YAQUELINE RINCON, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
La Juez
La Secretaria
Abg. Leticia Morales Velásquez
Abg. Mariandrea González
LMV/MG/SCMM
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