REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: AP21-L-2012-002504

Por cuanto en fecha dieciocho (18) de abril de dos mil trece (2013), fue acordada mi designación como Jueza Temporal del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según consta de oficio signado con el N° CJ-13-1219, así como en Acta de Juramentación, de fecha 02-05-13, No 013-2013, que cursa en el folio 62 y su vuelto del Libro respectivo llevado por la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo cual me ABOCO al conocimiento de la presente causa.
Vista la diligencia de fecha 01 de agosto de 2012, suscrita por los abogados YLENY DURAN IPSA Nº 91.732 y JONATHAN VARELA IPSA Nº 118.054, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, mediante la cual dejan constancia del pago único realizado al ciudadano JHOAN CARLOS BASTIDAS, parte actora en el presente asunto, a través del cheque Nº 26002101 girado contra la entidad bancaria Banco Corp Banca, por la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON CERO CENTIMOS (BS: 75.263,00). Este Juzgado Homologa el acuerdo transaccional suscrito por las partes en los mismos términos y condiciones en ella establecidos y se dará por terminado el presente asunto una vez vencido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente auto, conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Los Trabajadores y Las trabajadoras (LOTTT) y los articulos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
El Juez

La Secretaria

Abg. María Goncalves Do Espirito Santos


Abg. Claudia Hernández